Esta es una pregunta que muchas personas en España se hacen cada día, aquí vamos a contestarte.
Y es que, es sabido que una deuda no se puede estar reclamando eternamente. Por lo menos eso es lo que dicta la ley.
Dado que a muchas personas les preocupa las deudas que han adquirido a lo largo de su vida y estas no se han pagado.
Hoy en este post queremos explicarte qué es la prescripción de una deuda y cuál es el plazo de extinción de la misma.
De esta forma sabrás si tu vieja deuda ha sido prescrita o por el contrario estás obligado a pagarla.
Otro punto a tener en cuenta en las deudas es la inscripción en el ASNEF, por lo que tendremos que saber cómo funciona este registro.
Si necesitas dinero para salir de esta lista en nuestra sección de préstamos con ASNEF tenemos varios servicios financieros que pueden ser de utilidad.
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Lee atentamente este artículo, y aprenderás cuándo prescriben las deudas de préstamos o tarjetas de crédito y además te contaré qué opciones tienes si no tienes dinero para pagar.
Comencemos ya que hablaremos de todo esto↴
¿Qué es la prescripción de una deuda?
Una deuda se extingue por prescripción, después del vencimiento del periodo que se aplica con respecto a ese tipo de deuda en particular.
Esto significa que después de ese período, el adeudo no puede ser reclamado.
En otras palabras, la deuda prescrita se puede explicar como una deuda antigua que no ha sido reconocida en un período de cinco años o dependiendo del tipo de deuda que tengas.
Para que sea posible que un pasivo venza es necesario que sucedan dos cosas:
- La primera es que el acreedor no haya tomado cartas en el asunto de la deuda, ya sea judicialmente o extrajudicialmente para cobrar dicha deuda.
- La segunda es que el deudor no haya admitido, reconocido o aceptado de ninguna manera la deuda que está pendiente de pago.
Si no se ha realizado ningún pago en una cuenta durante el tiempo de prescripción (según la deuda) y no se ha emitido una citación para esa deuda en ese tiempo, entonces esa deuda está vencida y no estás legalmente obligado a pagar.
Esto no significa que ya no tengas un adeudo, solo que el acreedor ha perdido el derecho de reclamarlo.
La mayoría de nosotros sabemos lo que se siente estar atrasado en el pago de facturas y preocupado por tener suficiente dinero en nuestras cuentas para cubrirlas todas.
También es posible que conozcamos a personas que lograron estar “libres de deudas” y nos preguntamos cómo lo hicieron.
¿Sabes cuándo prescribe una deuda? Te lo contamos todo sobre los vencimientos de las #deudas…
¿Cuándo prescribe mi deuda?
En función del tipo de deuda que poseas los plazos de prescripción varían.
Desde que se modifica la ley 42 en octubre del 2015, está establece el plazo máximo de prescripción de una deuda.
Haciendo referencia a pasivos que provengan de un contrato personal, se prescriben a los 5 años.
Con esta actualización de la ley, el deudor quedará exento de su pago en el periodo indicado.
Siempre que, como he mencionado anteriormente, no se ejecute ningún método de cobro, ni el deudor admita dicha deuda.
Según sostiene la ley, esta modificación se lleva a cabo para conseguir un equilibrio entre los intereses del acreedor, y la necesidad de disponer de un plazo máximo en el que se pueda cobrar dichos intereses por demora o impago.
No todas las deudas son iguales así que tienes que revisar bien las cláusulas del contrato, por ejemplo los mini prestamos con ASNEF son productos que tiene cláusulas específicas para la morosidad.
Fecha límite de las deudas
Dejando a un lado todas las obligaciones legales, que no tenían un plazo de prescripción, esta modificación de la Ley ha afectado a otras relaciones jurídicas, como, por ejemplo:
- Acciones de resolución de un contrato por incumplimiento del mismo
- Obligaciones que puedan surgir de un contrato de compraventa
- Las acciones de un arrendador de un inmueble para la revisión de las rentas
- Acciones en contra de una comunidad de propietarios para la ejecución debida causada por daño de los elementos comunes.
La fecha límite de una deuda está recogida en la ley.
Teniendo en cuenta la última reforma del gobierno acontecida el 7 de octubre de 2015, el plazo de prescripción de una deuda ha bajado hasta los cinco años.
Plazo de prescripción de otras deudas
La entrada en vigor de la Ley de modificación de los plazos de reclamación de las deudas para su vencimiento ha acortado considerablemente estos plazos.
Toma buena nota de estos nuevos plazos para que los tengas en cuenta, se han modificado y puede que te afecten.
Ya sabes que después del vencimiento del plazo nadie podrá reclamarte la deuda pendiente, siempre y cuando en ese periodo no lo hayan hecho.
Cuándo prescriben las deudas por:
Veamos ahora cada una de estas caducidades por separado, analizamos cada una de las deudas.
Dependiendo de a quien se le deba el dinero la prescripción de la deuda puede ser antes o después.
Y no solo cambia los tiempos también cambian las formas y penalizaciones.
Es importante que conozcas qué sucede si no pagas una deuda y hasta dónde pueden llegar para cobrar esa deuda.
Una tarjeta de crédito
Aunque bien es cierto que los pagos tienen un plazo máximo de prescripción de 5 años, este no es aplicable al caso de las deudas de tarjetas de crédito.
Ya que, al contratar una tarjeta de crédito, en realidad estás contratando un crédito personal con la entidad bancaria.
Y al tratarse de un producto financiero (Tarjeta de crédito) este tipo de deudas tienen un plazo de prescripción de 15 años.
Préstamos hipotecarios
El plazo de prescripción es de 20 años desde la fecha de vencimiento que tenía el préstamo hipotecario fijado en un principio, según el artículo 1964.
En este caso, es casi improbable que el banco olvide la deuda, como bien sabes el procedimiento de impago al préstamo hipotecario es que el banco pasará a embargarte dicha propiedad, donde esta será subastada.
Además, si el banco no recupera todo el saldo, seguirás debiendo dinero a la entidad.
Préstamos personales
En los préstamos personales el plazo de prescripción es de 15 años, igual que las tarjetas de crédito siempre que no tengan un término especial.
Las entidades bancarias siempre hacen seguimiento de los impagos, por lo que es muy difícil que estos dejen pasar por alto estos adeudos.
Por lo que no tardarán en reclamar no solo el pago de la deuda, sino también sus respectivos intereses.
Lo que hace poco probable que haya posibilidad de prescripción.
Deudas tributarias
El plazo de extinción de los adeudos tributarios es de 4 años, dentro de ese plazo la Administración puede reclamar tu obligación.
No debes olvidar que hacienda siempre reclama sus deudas.
Por tanto, cualquier proceso de reclamación o cobro se detendrá dicha extinción.
Impagos a la Seguridad Social
Al igual que las deudas tributarias, el plazo de vencimiento del adeudo con la Seguridad Social generalmente es de 4 años.
Sin embargo, esto dependerá de la naturaleza de la misma, ya que existen distintos plazos de vencimiento en función del tipo de deuda contraída.
Dentro de este plazo te pueden cobrar el adeudo con sus respectivas sanciones de no pago.
Impagos de suministros
Las obligaciones derivadas de suministros domésticos, tales como la luz, el agua, el teléfono o el gas, tienen un plazo de prescripción de 3 años.
Tal como figura en el artículo 1967 del código civil.
Igualmente te recuerdo que, si te notifican la deuda, el plazo no será válido.
Impago de alquiler, arrendamientos y pensión de alimentos
Las obligaciones generadas por falta de pago del alquiler, ya sea de una vivienda, local, o negocio tiene un plazo de prescripción de 5 años, según el artículo 1966.
Así mismo como el pago de la pensión alimenticia.
Impago de servicios profesionales
Los impagos generados por los gastos de servicios y honorarios a los profesionales como: abogados, jueces, notarios, registradores, arquitectos, veterinarios, médicos, etc.
Tiene un plazo de extinción de 3 años, tal como lo dicta el artículo 1967 del código civil antes mencionado.
Tiempo que correrá a partir de que dejaron de prestar los diferentes servicios.
Estas son tan solo algunas descripciones de las deudas que se pueden generar, ya que existen muchas más.
He querido destacar las más frecuentes.
¿Qué puedes hacer si no puedes pagar una deuda?
Seguramente si estás leyendo este artículo es porque no puedes hacer frente a una deuda que tienes pendiente y buscas una solución.
Si tienes claro que tu deuda no ha prescrito y tampoco va a prescribir o caducar entonces tienes que buscar otra solución.
Las empresas en esta situación simplemente se declaran en bancarrota y así se desvinculan de las deudas, pero cómo personas físicas… ¿se puede hacer eso también? ¿Se puede declarar en bancarrota una persona?
En el año 2015 se crea una salida para las familias y autónomos que se encuentran en la misma situación que tú ahora.
En ese año se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad dando una salida legal a las personas que estaban en bancarrota y no podían hacer frente a los pagos de sus deudas.
Veamos un poco más sobre esta ley.
Ley de Segunda Oportunidad
¿Qué es la ley de segunda oportunidad?…
Se trata de plantear un intento de acuerdo extrajudicial de pago con tus acreedores para pagar tus deudas y si no consigues un acuerdo en ese momento entonces se solicita al juzgado la cancelación de las deudas.
Esta ley se crea con la intención de que las personas físicas y los autónomos tengan la misma oportunidad que las empresas en declararse en bancarrota y llegar un acuerdo con sus acreedores.
Para poder acogerte a esta ley tienes que rellenar todos los requisitos necesarios.
En españa esta ley se activa el 27 de febrero del año 2015 ofreciendo mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y así quedó constancia en el BOE de ese día.
Su objetivo no es otro que permitir lo que tan expresivamente describe su denominación: el que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer. Cita
Esta ley da otra oportunidad a las personas que se acojan a ella y así solucionen su problema de deudas de una vez por todas.
Ley de Segunda Oportunidad 2019
Esta ley sigue vigente todavía y cualquier persona puede solicitar beneficiarse de ella, tal y como dice el presidente del Consejo de la Abogacía de Cataluña… “esta ley debe promocionarse porque está siendo poco utilizada, ya que podría solucionar el sobreendeudamiento perpetuo de familias“.
Son pocos los españoles que conocen de esta posibilidad, probablemente por falta de información y de promoción de esta opción.
Para comenzar el trámite tienes que dirigirte al juzgado de primera instancia y es imprescindible que hayas llegado a un acuerdo extrajudicial anteriormente, o al menos lo hayas intentado con el los bancos o empresas a los que les debes dinero.
Si no se alcanza un acuerdo entre las partes, entonces puedes solicitar un concurso de acreedores voluntario ante el juez, en el cual el juez podrá librarte de gran parte de tus deudas siempre que considere, primero, que ya no tienes dinero ni activos para afrontarlas y, segundo, que hayas demostrado obrar de buena fe.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Los requisitos para poderse acoger a la ley de segunda oportunidad son los siguientes:
- No haber sido declarado en concurso de acreedores en los últimos diez años
- No haber sido condenados por sentencia firme durante los últimos diez años por delitos contra el orden socioeconómicos contra la hacienda pública y la seguridad social o contra los derechos de los trabajadores
- Que nuestras deudas no superen los cinco millones de euros
- Ser considerados deudores de buena fe
Si cumplimos con todos estos requisitos la eliminación de deudas es posible gracias a esta ley que ampara a las personas físicas y autónomos.
Pero hay que tener presente que no todas las deudas son susceptibles de ser eliminadas bajo el amparo de esta ley.
¿Qué deudas puedo eliminar con esta ley?
Con la Ley de Segunda Oportunidad se pueden eliminar todas las deudas excepto las siguientes:
- Deudas con la seguridad social
- Deudas con la hacienda pública
- Deudas por derechos de alimentos
Hay que tener presente que todos los bienes que tengas se utilizaran para cubrir las deudas, empezaras de cero.
Como ya hemos comentado anteriormente cuando tienes deudas pendientes y no les haces frente es muy probable que termines en la lista del ASNEF imposibilitando el conseguir financiación en ningún lado.
Pero aun así, hay prestamistas dispuestos a dar una salida a esta situación.
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Solucionar el problema de las deudas reunificándolas es una buena forma de conseguir estabilidad económica.
Lo primero es intentar evitar el sobreendeudamiento y lo segundo es hacer frente a las deudas, no permitir que los intereses por demora se conviertan en algo insalvable.
Es por eso mismo que reunificar para bajar los intereses es necesario.
He de decir que lo mejor es intentar evitar el entrar en una lista de morosidad, las razones para no entrar en un fichero de morosos son muchas, pero lo principal es que esto arruinara nuestra capacidad de financiamiento personal.
Y, para ir resumiendo…
Estar endeudado puede afectar tus metas.
Cuando vives de sueldo a sueldo, ese viaje que quería hacer para visitar a amigos o la casa que desea comprar está demasiado lejos de tu alcance.
Es hora de analizar tus gastos.
Si realmente observas dónde estás gastando dinero todos los días, existe una alta probabilidad de que haya entre 5 y 10 euros cada día que puedas ahorrar y esos euros se sumen.
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Asegúrate de cortar tus otras tarjetas de crédito. No querrás terminar en la misma situación.
No pierdas de vista el premio y ese objetivo a largo plazo puede ser tuyo.
¿Cuándo prescribe mi deuda?…
Según establece la Ley, el plazo para que prescriba la deuda puede ir desde los 5 años hasta los 20, dependiendo del origen y la naturaleza de la misma.
Para que esto pueda suceder, es necesario que la parte acreedora no haya solicitado el pago y que la parte deudora no hay reconocido dicho adeudo.
Solo así se podrá extinguir cualquier tipo de obligación de pago.
Si no puedes hacer frente a tus pagos puedes acogerte a Ley de Segunda Oportunidad, esta ley fue creada en el año 2015 con la intención de no dejar desamparadas a las familia y autónomos con problemas económicos.
Espero que este post te haya sido de gran ayuda y hayas podido averiguar si tu deuda se ha extinguido o por el contrario te encuentres en el ASNEF y tengas que pagarla.
Si quieres averiguar cómo salir del ASNEF en este articulo te cuento de forma detallada cómo hacerlo.
La deuda es uno de los grandes problemas financieros que existen por lo que debes estar atento a todo esto.
Debes evitar en gran manera caer en el sobreendeudamiento, ya que las consecuencias pueden ser muy graves para tu economía.
Si crees que este artículo puede ayudar a más personas, por favor ayúdame a difundirlo.
Igualmente, si te ha quedado alguna duda o tu deuda no pertenece a ninguno de los casos que describí anteriormente.
Me puedes escribir un correo electrónico o en los comentarios en la parte de abajo.
Con gusto intentaré resolverla lo antes y lo mejor posible.
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No dudes en enviarnos tus comentarios, con gusto te ayudaremos en todo…
Hola os cuento mi caso. En 2012 se subastó mi piso por impago. Como nadie fue a la subasta el banco se quedó con el piso. Tras la subasta me quedó un porcentaje de deuda. Dicha deuda restante tras la subasta pasó a Lindorff, los cuales me estuvieron reclamando la deuda durante un tiempo hasta que dejaron de enviar cartas. Me he enterado de que este pasado diciembre había prescripción de una serie de deudas anteriores a 2015 creo. ¿Mi deuda ha prescrito también? ¿cuándo prescribiría? Un cordial saludo y muchas gracias.
Hola Ana, muchas gracias por tu comentario…
Para saber si tu deuda ha prescrito o no es importante saber cuál fue la fecha de la última notificación, y además saber si esta compañía ha mantenido o no la reclamación abierta en algún juzgado.
Por otra parte es importante aclarar como esté ahora mismo la situación legal de las deudas por inmuebles con los bancos, alguna de esas deudas se han declarado ilegítimas por lo que te recomendamos que consultes un abogado especializado en este tema, ya que a lo mejor tu deuda se canceló por improcedente.
Esperamos haberte ayudado con tu pregunta.
¡Un saludo!
Hola muchísimas gracias por contestar. Pues una vez fue subastado el piso (2012) a los días recibí una carta diciéndome que mi deuda había pasado a Lindorff. Estuve recibiendo cartas y llamadas de teléfono de Lindorff de manera constante. Yo les decía que no tenía dinero para afrontar la deuda. Como siguieron llamándome de manera continua y además de las cartas les escribí un correo electrónico diciéndoles lo mismo que les decía por teléfono, que no tenía medios para pagar por mi situación de desempleo. A este correo no recibí respuesta y la última carta que recibí de ellos fue a principios de 2014. Desde entonces no he vuelto a recibir ninguna llamada ni ninguna carta ni notificación de nada. En 2018 consulté mis datos en el Asneff y no aparece nada.
Hola nuevamente Ana…
Lo primero es aclarar que el plazo de prescripción para una hipoteca es de 20 años desde la fecha de vencimiento que tenía el préstamo hipotecario fijado en un principio, pero este no es tu caso dado que el banco subasto tu casa y por lo tanto cancelo la hipoteca.
Por lo que la prescripción de tu deuda está sujeta a los términos en los que el banco transfirió tu deuda a la empresa de cobros. Es probable que esto sea a través de un contrato personal lo que significa que a los 5 años prescribiría esa deuda.
Si ya revisaste el ASNEF y no apareces es muy probable que la empresa cobradora haya perdido el derecho de reclamar la deuda pendiente. En cualquier caso si quieres estar 100% segura nuestro consejo es que acudas a un abogado especialista en la materia.
Esperamos haberte ayudado un poco más.
¡Un saludo!
¡Muchísimas gracias por la respuesta! Ha sido de gran ayuda.
hola pdi unprestamo de acias100 pesetas hace 19 años y no lea pagado esa deuda apre escrito no se si sere moroso por eso me podias ayudar gracias
Hola Faustino, para saber si estas o no en el ASNEF solo tienes que solicitar información directamente en el fichero, ellos tienen la obligación de informarte si estas o no.
Después de 19 años la deuda de un préstamo está prescrita siempre y cuando no te hallan reclamado oficialmente esa deuda, su te la han seguido reclamando la deuda todavía esta pendiente y no ha prescrito.
Lo mejor es pagar las deudas, es lo más responsable y seguro.
Hola buenos días, una empresa de reclamación de deudas me está exigiendo el pago de un pagaré endosado y con fecha vencimiento 9 de agosto de 2004, nunca se me ha reclamado antes. Tengo que hacerle frente?. Si no es así que tengo que hacer?
Hola José Manuel, gracias por leernos y por tu comentario…
En principio él pagare esta prescrito y muy probablemente no tenga valor, pero en cuestión de los pagarés no es fácil decir a ciencia cierta su valides o no.
Nuestro consejo es que con una copia del pagaré visites un gestor fiscal y después de haberlo examinado te diga si todavía tiene vigencia o no.
Sin ver él pagare no podemos darte mucha más información.
Un saludo!
Hola de nuevo,
me preguntaba si ustedes saben que información precisamente recibe los bancos.
Puede consultar el histórico de un perfil o solo es una situación actual?
Cordialmente
Hola Alonso…
Los bancos pueden tener acceso a tu histórico, pero no todos suelen realizar ese tipo de consultas.
Un saludo.
Hola Cracks,
Mi problema es el siguiente. Mi padre contrato un préstamo hipotecario, confié en él creo que eran unos 65000 euros no más por un viejo piso en un pueblo. Ahora bien dejó de pagar y el banco tomo posesión de él. Esto se firmo en el 2003 si no recuerdo mal, pero no puedo decir con exactitud cuando se dejó de pagar creo que mi padre fué hábil para ralentizar el proceso de expulsión.
La expulsión se dió en marzo del 2012.
Hoy en día tengo un buen trabajo de programador con un buen sueldo y quisiera comprar. Y me surge la duda de si estoy en la ASNEF
o aun peor en la CIRBE porque entiendo yo que esto nunca caduca!
El problema es que quiero comprarme un piso y aun que tenga aporte esto me podrá bloquear entiendo. Cómo asegurarme que estoy en ese registro? Debo consultarlos? (porque en un respuesta vi que si lo hago se pone a zero la prescripción de dicha deuda)
Cordialmente
Hola Alonso… Primero gracias por tu comentario!…
Hay dos cosas que se deberían averiguar, como tú dices lo primero sería averiguar si estas o no en algún fichero, para eso lo mejor es contratar una empresa que mire por ti, así tú te lavas las manos, aquí te dejo una que es muy barata ➜ Enlace
Esta gente te dirá si estas en el ASNEF o RAI o CIRBE y, si das positivo, pueden gestionar la posible baja si procede.
Lo segundo es saber si el banco le acepto la entrega de la casa a tu padre en “dación en pago” (Adjudicación en pago o la dación en pago es la acción de entregar un bien a cambio de saldar una deuda pendiente de pago) si ese fuera el caso de tu padre, entonces, tú estarías libre de todo.
Pero, estas en lo cierto, hasta que no soluciones eso no intentes una compra, ni siquiera preguntes en tu banco porque esto empañaría tu historial crediticio y te afectaría negativamente.
Otro consejito que te doy, ahora que nadie nos escucha, yo esperaría 2 años para comprar, los precios van a bajar un 30% debido a otra crisis que ya esta marcada. Los grandes mercados inmobiliarios están vendiendo sus activos porque esperan una nueva recesión y quieren obtener efectivo para poder volver a comprar cuando los precios estén por los suelos… (que listos son los muy ****).
Espero haberte ayudado, si tienes más dudas o preguntas aquí me tienes… Listo para ayudar!…
Hola de nuevo,
gracias por la respuesta rápida. En mi caso hice una oferta sin saber (pero nada escrito) para comprar un piso en Barcelona. No creo que pueda esperar 2 años para comprar el bien 220.000 es el importe del piso. Aunque lo que me has dicho es verdad estuve esperando ya 3 años que se de dicha crisis. Se que el Deutsche Bank esta mal, pero ahi llevo un buen rato esperando jeje.
Por lo del enlace que me diste, yo les proporcioné un numero de teléfono francés y cómo no puedo teclear el prefijo tuve que introducir un numero de teléfono incorrecto.
Sois vosotros los que gestionáis la web imorosity?
Otra pregunta más profunda: En que preguntar a un banco (que no sea el que uso habitualmente) empeoraría mi historial crediticio? A qué se debe?
Cordialmente
Hola Alonso…
Sobre la empresa que te pase, nosotros solo la conocemos de habérsela recomendado a otros usuarios, nos han dicho que funciona bien, pero la verdad es que no le hemos hecho un seguimiento estricto.
Sobre hacer un intento con un banco en el que no tienes cuenta podría ser buena idea, lo malo es que el banco valla de listo y notifique que tu estas buscando información sobre esa deuda y se active nuevamente el seguimiento de cobro con los datos que les des al banco.
Recuerda que mientras no puedan comunicarte el impago seguir acorriendo la cuenta atrás de la prescripción.
Un saludo!
Hola de Nuevo,
Si sé que el Deutsche Bank esta al caer y que los precios bajarían pero las restricciones a nuevos créditos también subirén. Sera difícil comprar a menos que se tenga bastante cash.
Me podrías decir porque no debo contactar via el banco? Puedes desarrollar más sobre el hecho de que la deuda reactiva su prescripción?
Podría yo mismo preguntar via una carta si estoy en tal listado CIRBE o no?
Gracias por al ayuda!
Cordialmente
Claro que puedes solicitar información sobre tus datos en los ficheros, es tu derecho saber si estas o no y si llevas más de 5 años puedes solicitar la baja de los ficheros.
Si contactas a través del banco tendrás que darle todos tus datos al banco, dirección actual y más cosas, de esa forma podrán ponerse en contacto contigo para reclamarte la deuda que quizás lleven años sin poderte reclamar.
Recuerda siempre que el banco no es tu amigo!…
Un saludo.
Hola he consultado con imorosity,
Gracias por tu ayuda.
Dicen que tengo que dar mi dirección para que el CIRBE envien mis datos a mi dirección. Esto no cuaja con lo que me dijiste de no dar mis datos al CIRBE.
Me he perdido algo?
Saludos!
Hola Alonso…
Se ve que cada caso es distinto, pero desde aquí, mi consejo es no dar tus datos de contacto pues no veo la necesidad para obtener esa información que, además, es un derecho del consumidor.
Un saludo.
Buenas mi problema es que me han concedido una imcapacidad total permanente pero hasta que no page la deuda de la seguridad social.no me la conceden y yo no se si el banco me lo dara
Hola Rosa Maria, muchas gracias por tu comentario, intentaremos ayudarte…
Lo primero que tienes que hacer es averiguar si la seguridad social te ha incluido en alguna lista de incidencias de pago, como por ejemplo el ASNEF.
Si no estas en ninguna de estas listas entonces puedes intentar solicitar al banco el dinero que necesitas para cubrir tu deuda en la seguridad social.
En el caso de que tu banco se niegue a concederte el dinero que necesitas podrías estudiar otras posibilidades de financiación no bancarias.
Si estas en el ASNEF o similares y tu banco te dice que no, puedes intentar conseguir financiación en nuestra sección de préstamos con ASNEF donde hay productos especiales para usuarios con ese problema.
También te recomendamos que intentes negociar con la seguridad social un pago aplazado y por cuotas de tu deuda, en ocasiones es una buena posibilidad.
Estas serian las 3 opciones iniciales que tienes para solucionar tu problema.
Si tienes más preguntas o dudas puedes hacérnoslas llegar.
Te enviamos un saludo de parte de todo el equipo que componemos CreditoAgil.
Buenas, hace 8 años saque un préstamo personal de 25000 euros en BBVA, pague el primer año y me fui a vivir fuera de España, seguí pagando mientras pude pero luego se me hizo imposible….si alguna vez me reclamaron nunca acudí ya que estuve fuera del país desde entonces, mí pregunta es primero si preescribe y sino es así que solución puede tener, gracias
Hola Rodrigo Martín, te agradecemos mucho tu comentario…
Para que una deuda prescriba tiene que suceder dos cosas, la primera es que el acreedor no reclame la deuda, en este caso el banco, con esto nos referimos a que el banco no allá emprendido ninguna acción ni judicial ni extrajudicial para intentar cobrar la deuda pendiente.
Lo segundo que tiene que suceder para que esa deuda prescriba es que el deudor, en este caso tú, no reconozcas la deuda ni la aceptes.
Pero, en cualquier caso, estas dos no te afectan a ti, ya que según nos comentas han pasado solo 7 años desde que has dejado de pagar tu préstamo personal y para este tipo de deudas la fecha de prescripción es de 15 años.
Por lo que tu deuda está todavía sigue vigente y tendrás que hacerle frente.
Pero tranquilo, hay una solución si no puedes pagar tu deuda…
Si no puedes pagar una deuda puedes acogerte a la “ley de segunda oportunidad“, el objetivo de esta ley es exonerar deudas o aligerar la carga financiera y otras medidas de orden social a personas en graves apuros financieros.
Si quieres más información sobre la ley de segunda oportunidad para personas físicas puedes encontrarla aquí
Esperamos haberte solucionado tus dudas sobre la prescripción de las deudas, si te surge alguna pregunta más no dudes en enviárnosla te ayudaremos con mucho gusto.
Un saludo en nombre de todo el equipo de CreditoAgil
Hola, hace unos dias recibi una carta de una financiera que decia que habia comprado mi deuda a liberbank y me exigían 12000 euros.
tengo que decir que o soy cliente de liberbank (antes caja cantabria) de toda la vida y nunca he tenido deudas con ellos, resumiendo llamó a la financiera esta y resulta que la deuda es de hace 28 años y es de mi ex marido del cual estoy divorciada desde entonces o les explique que yo no tenía nada que ver con esto. y asi quedo la cosa, eso fue hace dos meses pero llevo dos días recibiendo mensajes de ellos insistiendo que me ponga en contacto con ellos urgentemente
¿que hago, que les digo?
Hola Pilar, muchas gracias por tu comentario…
Para poder ayudarte correctamente necesitamos más información, pero podemos dejar claros algunos puntos con lo que tú nos estas comentando.
Si estabas casada en gananciales tienes que entender que las deudas pertenecían a los dos, a no ser que se hubiera creado previo a la firma una exención de gananciales, si este no fuera el caso entonces la deuda pertenece a las dos personas.
Por otro lado, hay que saber si a tu exmarido le han reclamado en tiempo y forma esta deuda porque si no es posible que la deuda haya prescrito hace tiempo.
Nuestro consejo sin tener más detalles del tema y sobre todo por la cuantía que te están reclamando es que visites un abogado especializado en este tema y te ayude a decidir cuál es la mejor forma de actuar.
Pero en lo que a deudas se refiere es muy importante que no dejes pasar esto, tienes que solucionar correctamente todo esto, tienes que tener cuidado con la financiera que te está reclamando la deuda.
Esperamos haberte ayudado, nos falta más información para poder hacer más por ti.
Te recomendamos leas este artículo… Si me divorcio ¿Qué pasa con mi préstamo?
Saludos cordiales de todo el equipo de CreditoAgil
Buenas tardes
Me gustaría pagar una deuda que tengo con una tarjeta pero quiero negociar el importe. Me pueden recomendar alguien que negocie por mi y decirme que honorarios tiene aproximadamente?
Gracias
Hola Yolanda, muchas gracias por tu comentario…
Para poder recomendarte a alguien que te ayude con tus deudas pendientes lo primero es saber desde donde nos estas escribiendo, así buscaremos a alguien que te ayude serca de tu localidad.
Lo segundo es que sería importante que le hagas saber a tu banco que quieres negociar esa deuda, quizás no necesites ayuda externa para llegar a un acuerdo con el banco.
Un saludo.
hola tengo una duda y me gustaria pedir vuestra ayuda.
tengo una deuda con un préstamo bancario y en diciembre de 2018 me notifico el juzgado que el banco esta reclamando ahora mismo vivo fuera del país y no puedo hacer frente a esta deuda. Quisiera saber si tiene fecha de caducidad!!!!
muchas gracias por vuestra ayuda.
Hola Andres…
Si, las deudas de préstamos bancarios tienen caducidad (pueden prescribir), las deudas de préstamos prescriben a los 15 años, si durante ese periodo nadie ha reconocido esa deuda y nadie la ha reclamado, podemos decir la deuda a prescrito.
Pero cuidado, como hemos dicho tiene que ser que el banco no la esté reclamando y que tu no la hayas admitido. En tu caso nos comentas que el banco esta reclamando la deuda a través de un juzgado lo que deja claro que ellos siguen reclamando por lo que no prescribirá.
Tranquilo no está todo perdido, tienes una solución más todavía… si no puedes hacer frente a tu deuda puedes acogerte a La Ley de Segunda Oportunidad.
Puedes leer más sobre la Ley de Segunda Oportunidad aquí… Ley de Segunda Oportunidad INFO BÁSICA
Recuerda que saber cuando prescribe una deuda es muy importante para estar debidamente informado.
Hola me llamo Francisco. Compre mi piso en 2017 y por no poder pagar la hipoteca, ni el préstamo personal que me concedió el banco ni tampoco a la comunidad de vecinos debido a que perdí mi empleo el banco subastó mi piso y le vendió mi deuda a Lindorff. Esta empresa me estuvo llamando durante años y estuve recibiendo cartas también reclamando el pago de la deuda al igual que de la comunidad de vecinos. Mi duda es que en ese momento ASNEFF me envió cartas haciéndome saber que estaba en un fichero de morosos pero hace una semana consulté mi estado en dichos archivos y no aparece que tenga ninguna deuda ni nada ¿cómo es eso posible? ¿Quizás mi antiguo piso que fue subastado por el banco ha sido vendido y han recuperado lo que debía y ya no tengo deuda? ¿o acaso ha prescrito? (cosa rara porque tenía entendido que mi deuda no prescribía hasta los 20 años), ¿cómo puedo enterarme si estoy limpio de deudas? Cabe destacar que hace bastante tiempo (años) que dejaron de mandarme cartas referente a este tema. Estaría muy agradecido si me respondiéseis. Un cordial salida y muchas gracias de antemano.
Hola Francisco, muchas gracias por tu comentario…
Las deudas de hipotecas prescriben a los 20 años y en tu caso según nos comentas tu vivienda fue subastada por lo que en principio y en teoría te tenían que haber liberado de esa deuda.
Los préstamos personales prescriben a los 15 años, por lo que si a pasado más tiempo entonces estás libre de esa deuda.
En tu caso nos cuentas que solo ha pasado un año, por lo que no creemos que esté prescrita tu deuda.
Sobre la pregunta… ¿Cuándo prescribe una deuda en el ASNEF?
Las deudas en el ASNEF prescriben a los 6 años, y esto es porque según lo establecido en el artículo 38.b del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el cual establece que “Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica, que se refieran como máximo a los 6 últimos años“… Lo que significa que a partir de 6 años están obligados a eliminar tus datos del ASNEF.
Esto tampoco aplica en tu caso…
La forma más sencilla de saber si tienes o no deudas y, además sin “levantar la liebre” es intentar solicitar un pequeño préstamo, el prestamista tendrá que investigar si tienes deudas o no, de esta forma sabrás si tienes o no deudas y no te costará nada. Después solo tienes que desestimar la oferta del préstamo y listo. Tendrás toda la información de tu situación sin costarte ni un euro y sin que nadie sepa que estás averiguando si tienes deudas.
Esperamos haberte ayudado con tus dudas, si tienes más dudas ya sabes que puedes seguir este hilo y preguntarnos.
Hola, muchas gracias por vuestra respuesta, me ha sido de gran ayuda. Siento tener que molestaros de nuevo pero tengo algunas dudas más referente al mismo tema. El piso lo compre en 2007 y el banco lo subastó en 2010 o 2011. El préstamo personal me lo concedieron el mismo año de la compra del piso, es decir en 2007, ahora hace 11 años.
Compra del piso y préstamo personal fue comprado y concedido en 2007, y en 2008 fue cuando me quedé sin empleo y desde ese año 2008 no pude pagar ni piso ni préstamo ni comunidad de vecinos. Tras la subasta del piso el banco pasa la deuda hipotecaria 94000 euros y del préstamo personal de 34000 euros a Lindorff, empresa de cobro de morosos.
La comunidad ha sido de las últimas noticias que he tenido dado a que conseguí un trabajo a media jornada y la comunidad notificó a mi jefe hace 3 años que una parte de mi sueldo debía ser retenida para pagar la deuda de la comunidad. Como mi sueldo es de media jornada por debajo del salario mínimo no pudieron retenerme nada y hasta día de hoy ya no he vuelto a tener noticias.
Referente a lo que me respondéis ¿entonces al subastarse mi piso en ese momento quedé libre de la deuda? Es que en su momento me notificaron que aunque mi piso se había subastado yo seguía teniendo la deuda y que ahora esta deuda pertenecía a Lindorff que es la empresa a la que le vendió mi deuda el banco, en ningún momento me comentaron que tras la subasta podía quedar libre.
Me gustaría saber si en otros archivos de morosos puedo aparecer como deudor ya que en ASNEFF como me habéis contestado a los 6 años he desaparecido. Tengo constancia de que existen otros archivos de morosos como CERBI o RAI. ¿es conveniente escribirles también como he hecho a ASNEFF para consultar si estoy dentro de sus archivos o eso levantaría la liebre y sabrían que he consultado mis datos? ¿es mejor consultar a estas otras empresas antes o intento pedir directamente un pequeño crédito como me habéis contestado anteriormente? Si pido el pequeño crédito Lindorff, el banco Santander o la comunidad de vecinos pueden tener constancia de alguna manera y empezar a reclamarme otra vez?
Espero que podais contestar a mis dudas una vez más. Un cordial saludo y muchas gracias de antemano.
Hola Francisco… Para nosotros no es una molestia ayudarte, ese es precisamente la labor de esta web.
Sobre tu pregunta… ¿Al subastar el piso quede libre de deuda?…
Esto se llamaría dación en pago y está recogida en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria. Para aplicarla, debe haberse pactado con anterioridad, incluyéndola en la escritura de constitución de la hipoteca.
Tras la aprobación del Código de Buenas Prácticas, es posible que una persona se acoja a la dación, pero además de encontrase en una situación de exclusión, el precio de adquisición del inmueble que se marca plantea escenarios de aplicación muy limitados.
Las hipotecas en España tienen una garantía personal, por la que el deudor responde de forma personal e ilimitada con todos sus bienes presentes y futuros. Si al acudir a subasta no se cubre todo lo que debe, el hipotecado tendrá que seguir pagando hasta saldar por completo la deuda.
Por lo que no podemos saber con certeza que parte de la deuda se cubrió con la subasta de tu piso.
Si es cierto que se tiene que haber cubierto una parte importante de esa deuda, pero no se puede asegurar que cantidad, para eso hay que contactar con el banco… “Algo que no te recomendamos”.
Sobre los ficheros RAI y CIRBE en principio puedes consultarlos con seguridad ya que estos no tienen obligación de comunicar a terceros cuando son consultados por los interesados.
Pero… ¿Cuál es tu intención en conocer esto?… Nos explicamos mejor… ¿Es solo a título informativo o quieres realizar un proyecto y necesitas financiación?
Si solo quieres informarte, nuestro consejo es que mejor no preguntes mucho, desde que te envíen un requerimiento se reactivará tu deuda y el tiempo de prescripción de la misma comenzará de nuevo.
Con estas cosas hay que tener mucho cuidado ya que la ley no es del todo clara y como sabemos los bancos siempre ganan.
Si tienes más dudas… con mucho gusto te ayudamos…
Un salud.
Muchísimas gracias por vuestras respuestas, me han sido de gran ayuda. Un cordial saludo.
Hola hace 5 años que mi banco ING me hizo un préstamo de 10000 euros y después de un par de meses me dio otro de 10000 euros.
Mi situación era muy complicada y me fui a vivir fuera de España no se si me llegaran cartas ni nada del banco por lo que ya no vivo en la dirección que tenía antes al principio pagué uno de los préstamos pero deje de pagar y salí del país me gustaría saber si yo no me entero de las cartas que me lleguen ni tampoco he hablado con el Banco porque ya no tendrán mi numero antiguo es posible que esta deuda prescriba o cuando vuelva a España por esa cantidad me pueden meter preso al no haber acudido a los juicios que me han citado o algo por el estilo sin yo haberme enterado ya que no resido en España y tampoco he intentado hacer nada osea quiero decir no he reconocido la deuda pero puede que ellos sí están enviándome cartas o por lo contrario al yo no saber nada esa deuda puede prescribir y cuanto tiempo seria.
También saber si mi pareja le podrían embargar sus bienes al momento de pedir el crédito ella no tuvo nada que ver pero al ser mi pareja, la madre de mi niña le podrían embargar lo que tenga cuando volvamos a España porque nos da miedo volver por eso.
Ayúdenme por favor.
Muchas gracias y un saludo.
Hola David, muchas gracias por tu comentario.
La deuda de tu préstamo todavía no ha prescrito, ya que las deudas de los préstamos personales prescriben a los 15 años desde la última reclamación. Si ING sigue reclamando la deuda a través del juzgado esta se mantendrá activa.
Lo de tu pareja, su responsabilidad depende de qué tipo de matrimonio tengáis si es en gananciales o no.
Esperamos haberte ayudado.
Hola desearía me ayudaran pues tengo una duda.
Mantengo una deuda con American Express desde hace más de 8 años….. El recibo mensual de la Tarjeta de crédito fue devuelto por mi banco al no tener saldo suficiente.
American Express nunca me ha reclamado nada oficialmente…. al principio algunas cartas de reclamación, pero ni burofax ni nada por el estilo.
Se que las Tarjetas de los bancos caducan a los 15 años…. pero al ser una Tarjeta que la concede directamente American Express y no un banco, ¿tiene el mismo plazo de prescripción?
¿No debería prescribir a los 3 o 5 años dado que se trata de una deuda con vencimiento mensual y sin ninguna relación con un banco que no tiene ninguna obligación de pagarlo (como cuando es el banco quien te da una Tarjeta Visa), y que de hecho me devolvió el recibo que le presentó en su día American Express?
Ruego me aclaren este tema.
Gracias,
Carlota
Hola Carlota, gracias por tu comentario…
Hasta octubre de 2015 este plazo de prescripción de una deuda relacionada con tarjetas de crédito era de quince años, pero la reforma llevada a cabo en el artículo 1964.2 del Código Civil, lo ha dejado en cinco años.
Pero… Cuidado!… Esto no aplica a todos los casos, solo las deudas provenientes de una tarjeta de crédito contraídas con posterioridad al 7.10.2015, tendrán un plazo de prescripción de cinco años desde que pueda exigirse su cumplimiento.
Por lo que la deuda de una tarjeta, posteriores al 07-10-2005 y anteriores al 70-10-2015, prescribirán el 6.10.2020.
Por otro lado, las deudas anteriores al 7.10.2005 les restará el plazo que media desde que pudo exigirse su cumplimiento y quince años.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Hola gracias por la información me a ayudado mucho con una deuda pendiente que tenia.
Hola muchas gracias por toda la información que me habéis dado.
El tema de la caducidad de las deudas es importante, mucha gente no sabe estás cosas.
Hola, muchas gracias por la información me a ayudado mucho, tenia deudas y estaba preocupada porque pensé que seria un problema pero ahora se que las deudas han caducado.
gracias
Hola yo quería saber si todas las deudas prescriben de a misma forma
gracias
Hola Miguel, gracias por tu comentario…
Sobre tu pregunta decirte que cada deuda prescribe de una forma diferente y además tambien varían las formas y procesos.
Para saber si ha prescrito tu deuda es importante saber que tipo de deuda y cuál ha sido el proceso de reclamación de la misma.
Saludos.
Muchas gracias por la información, muy interesante!…
Hola, ¿Cuando prescribe una deuda con la seguridad social?…
Hola Juaquin, gracias por tu comentario…
La prescripción de deudas con la seguridad social tiene varios matices importantes.
Estas deudas prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos y acciones:
Es muy importante entender que la prescripción quedará interrumpida por las causas ordinarias y, en todo caso, por cualquier actuación administrativa realizada con conocimiento formal del responsable del pago conducente a la liquidación o recaudación de la deuda y, especialmente, por su reclamación administrativa mediante reclamación de deuda o acta de liquidación.
Por lo que cada vez que te reclamen tu deuda la prescripción se verá interrumpida.
En otro ámbito la obligación de pagar a la Seguridad Social las deudas originadas por la percepción indebida de prestaciones prescribirá a los cinco años, contados a partir de la fecha del respectivo cobro, sin perjuicio de las particularidades determinadas por Ley o en aplicación de la misma.
Ademas, en el plazo de cinco años prescribirán también las acciones para exigir el cumplimiento de las sanciones impuestas por infracciones en materia de Seguridad Social.
Buenos días debo la manutención atrasada de mis hijos desde el 2009 y asciende a 9000 euros ellos lo han reclamado judicialmente, tengo una pensión por incapacidad desde esa fecha y cobro ahora 404 euros, debo pagar dicha deuda?
Hola José Dorta, muchas gracias por tu comentario…
La prescripción de deudas en manutención es un tema delicado, en este aspecto no está nada claro cuándo prescribe esa deuda, en gran medida dependerá si la deuda se ha ido reclamando o no.
Pero en tu caso creo que el tema es diferente ya que en tu caso y debido a tu invalidez es muy probable que no estás obligado a dar manutención. Pero el problema es que tenías que haber reclamado la sentencia de manutención en su momento ahora es más complejo.
Necesitarás un abogado que lleve tu caso y reclame la nulidad de la sentencia de manutención, por lo que si el juez falla a tu favor la deuda desaparecerá.
Te aconsejamos acudir a un experto sobre este tema.
Presté dinero a un amigo hace siete años, en esos siete años le he pedido las devolución del dinero varias veces, siempre de palabra y sin testigos, ¿la deuda ha prescrito?
Gracias
Hola Antonio, muchas gracias por tu comentario…
Si la deuda ha sido reclamada antes de que se cumplan los cinco años esta deuda volverá a quedar activa otros cinco años. O dicho de otra manera si tú has seguido reclamando esa deuda entonces esta no ha vencido.
Las deudas vencen si no se reclaman en tiempo y forma, este no es tu caso ya que tu has continuado reclamando tu deuda.
Otra cosa distinta es que puedas lograr que a través de un juicio tu “amigo” te devuelva ese dinero.
Un saludo.
Tengo una deuda con ing direct desde el 2008 y hoy año 2018 me están reclamando 11000€ , yo entregue la casa , por que me reclaman 11000 €?
Hola Penélope, muchas gracias por tu comentario…
Sobre la pregunta que nos planteas comentarte dos cosas:
La primera es que hay que tener en cuenta que las deudas prescriben si no se vuelven a reclamar en el plazo adecuado. Es muy probable que tu banco haya vuelto a reclamar la deuda dentro del plazo y por eso no a prescrito.
Lo segundo a tener en cuenta es que, aunque entregaste tu casa, es muy probable que el banco no te acepto la dación en pago en su momento.
Esto quiere decir que, aunque entregaste tu casa todavía le debías dinero al banco.
En tu caso, muy probablemente tu deuda tendrá que ser abonada, te recomendamos solucionar ese problema lo antes posible.
Quizás puedas solicitar un préstamo para cancelar esa deuda, pero tendrá que ser un préstamo garantizado.
yo tenia 20 años cuando me yegaron a ofreser dos tarjetas de credito a mi trabajo cada una por 200 dolares al comiennzo ise mis pagos lugo quede si trabajo y no pude pagarlas mas ahora tengo 35 años y boy a trabajar en una empresa que la nomina la tienen con ese banco q pasaria podrian explicarme
Hola Reynaldo, gracias por tu comentario.
Para poderte contestar tendríamos primero que saber desde qué país nos escribes, suponemos que no es España. Si vivieras en España se supone que tu deuda con la empresa emisora de las tarjetas de crédito ya habría caducado por lo que en principio no deberias tener ningun problema con tu nómina. Pero como decimos no sabemos como sera en tu país.
Un cordial saludo.
Muy buen Post!! Pero tengo una duda que no se si queda cubierta con los supuestos explicados aqui. El tema es que compre un coche y una finaciera me dio el dinero con reserve de dominio sobre el coche. Por razones ajenas a mi voluntad, no he podido attender ese credito de unos 14000 Euros, que fue suscrito en diciembre 2009 y fue dejado sin attender desde septiembre de 2011. 6 anios y pico mas tarde, osea la semana pasada, una empresa de reclamacion de deuda justo acaba de llamarme para reclamar la totalidad mas intereses del mas del 8% de demora etc etc. No reconoci la deuda por telefono, ya que la llamada estaba grabada. Se podria considerer caduca esta deuda al pasar de los 5 anios? Muchas gracias! Saludos coordiales,
Las deudas provenientes de préstamos personales prescriben a los 15 años, por lo que en tu caso no ha prescrito todavía.
Otra cosa que tienes que tener muy en cuenta es la reserva de dominio sobre el vehículo. O lo que es lo mismo, el préstamo es un préstamo garantizado.
Aunque la deuda llegara a prescribir, la única manera de liberar el vehículo es que lo haga la financiera que te dio la financiación y registro esa reserva de dominio.
Y no solo ese es el problema, en realidad la financiera no se preocupa tanto por el impago porque ellos tienen bien atada esa deuda, cuando quieras vender el vehículo tendrás qué contactar con ellos y pagar.
Y en el supuesto de que digas que no lo venderás nunca, el día que sea viejo y quieras darlo de baja tampoco podrás hacerlo sin pagar la deuda pendiente, ya que tiene una reserva de dominio.
Nuestro consejo es que llegues a un acuerdo para comenzar a pagar con regularidad esa deuda, puedes luchar para que los intereses por mora sean inferiores a ese 8%.
Esperamos haberte ayudado, si tienes más preguntas háznoslas llegar por aquí.